
Eficiencia energética en sistemas de
alumbrado en edificios no residenciales
Esta Norma Oficial Mexicana tiene como finalidad establecer niveles de eficiencia energética en términos de Densidad de Potencia Eléctrica para Alumbrado con que deben cumplir los sistemas de alumbrado para uso general de edificios no residenciales nuevos, ampliaciones y modificaciones de los ya existentes; con el fin de disminuir el consumo de energía eléctrica y contribuir a la preservación de recursos energéticos y la ecología de la Nación.
NOM-007-ENER-2014
La NOM-007-ENER-2014 comprende los sistemas de alumbrado interior y exterior de edificios no residenciales nuevos, ampliaciones y modificaciones con carga mayor o igual a 3kW.
Aplica en:
- Oficinas
- Escuelas
- Establecimientos comerciales
- Hospitales
- Hoteles
- Restaurantes
- Bodegas
- Recreación y cultura
- Talleres de servicio
- Centrales de pasajeros
No Aplica en:
Entre algunos de los establecimientos que no se consideran del campo de aplicación de esta NOM:
- Centros de baile, discotecas y centros de recreación con efectos especiales de alumbrado
- Interiores de cámaras frigoríficas
- Estudios de grabación cinematográficos y similares
- Áreas que se acondicionan temporalmente donde se adicionan equipos de alumbrado para exhibiciones. exposiciones, convenciones o se montan espectaculos.
- Tiendas y áreas de tiendas destinadas a la venta de equipos de alumbrado
- Anuncios luminosos y logos
- Equipos de alumbrado empleados para el calentamiento o preparación de alimentos.
Procedimiento de Verificación

Solicitud de Verificación
Solicitar a la UVIE la evaluación de la conformidad

Contrato de Prestación de Servicios
Se establecen los términos y las condiciones de los trabajos de verificación a través de un contrato de prestación de servicios.

Revisión de información
Una vez que se recibe la información se realiza y se confirma que la información sea la suficiente.

Revisión de los sistemas de alumbrado
Cuando en la revisión del proyecto se encuentren no conformidades, la UVIE notificará al solicitante.

Entrega de Dictamen de Verificación
Una vez que la UVIE ha constatado que la cumple con la NOM se expide el dictamen de verificación.

Fuente: NOM-007-ENER-2014

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